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Home > Desarrollo Territorial > PDL

Proyectos de Desarrollo Local en Cuba

Los proyectos de desarrollo local (PDL) en Cuba se rigen por la legislación vigente en el Capítulo III del Decreto Ley 33/2021 del Consejo de Ministros "Para la Gestión Estratégica del Desarrollo Territorial". En el artículo 16.1 dicho decreto ley los PDL se definen como "(...) un conjunto de recursos, esfuerzos y acciones, con identidad propia, para transformar una situación existente en otra deseada, que contribuya al desarrollo del territorio donde actúa, e impacte en la calidad de vida de la población (...)".

Temáticas

  • Reglas del desarrollo local
  • Actores del desarrollo local
  • Contenido de las estrategias de desarrollo local
  • Proceso de elaboración de las estrategias de desarrollo local
  • Infraestructura de gobierno para el desarrollo local
  • ¿Quiénes son los actores locales?
  • Modalidades de PDL
  • Proceso de solicitud de un PDL
  • Aspectos para la aprobación de un PDL
  • Financiación de los PDL
  • Acciones de monitoreo y control sobre los PDL

Precedentes jurídicos

La Resolución 359/2018 del Ministerio de Finanzas y Precios, de fecha 12 de septiembre de 2018, establece el “Procedimiento para la actualización presupuestaria por la utilización de la Contribución Territorial para el Desarrollo Local en los municipios y provincias”

La Resolución 31/2019, del Ministerio de Finanzas y Precios, del 29 de enero de 2019, puso en vigor el “Procedimiento para operar los presupuestos provinciales, de las provincias y de los municipios”.

En la Resolución 145/2019 del Ministerio de Economía y Planificación "Indicaciones metodológicas para la Elaboración del Plan de la Economía Nacional" se hace referencia a este concepto y a la Plataforma Articulada para el Desarrollo Integral Territorial (PADIT) en el epígrafe XXI Planificación Territorial , incluso con posibilidad de financiarse desde fondos para proyectos de Iniciativa Municipal de Desarrollo Local (IMDL).

La Resolución 27/2020, de fecha 13 de enero del 2020, del Ministerio de Finanzas y Precios modificó las anteriores "(...) A partir de los cambios introducidos en la operatoria y del proceso de implementación de los cambios en la nueva estructura de los órganos locales del Poder Popular (...) en aras de evitar la dispersión legislativa."

Hasta este punto los Consejos de la Administración de la Asamblea Municipal del Poder Popular disponían del uso financiero de la Cuenta Distribuidora Contribución Territorial (artículo 38, resolución 27/2020 MEP). El proceso involucraba a las Unidades Presupuestadas de subordinación nacional que, dado un acuerdo del Consejo de la Administración de la Asamblea Municipal del Poder Popular correspondiente, solicitaban a su OACE u OSDE la actualización de su presupuesto. Se precisaba esperar de vuelta por la confirmación de esta actualización centralizada para poder utilizar los fondos. Para que los fondos fueran desembolsados previamente se requería la presentación en el Área de Tesorería de la Dirección Municipal de Finanzas y Precios de la desagregación de su ejecución (artículo 39, resolución 27/2020 MEP).

Proceso de gestión de fondos de desarrollo territorial Resolución 27/2021 MEP

El mecanismo por tanto era muy ineficiente.

La Resolución 113/2020, de fecha 3 de agosto del 2020, del Ministerio de Economía y Planificación "Indicaciones Metodológicas para la Elaboración del Plan de la Economía Nacional" fue un paso más de avance hacia la aprobación de la legislación vigente.